José María Morelos.- Con la modificación y actualización de la Ley de Hacienda la transformación llegará a cambiar las condiciones de vida de más familias, ya que permitirá robustecer los ingresos locales que servirán como base para el sostenimiento y aplicación de mejoras sociales para el bienestar de todos los morelenses.
Esta iniciativa de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Hacienda de José María Morelos quedó aprobada por unidad por el cuerpo colegiado durante la XXVIII Sesión Ordinaria de Cabildo que se desarrolló esta mañana en el recinto temporal ubicado en la palapa del parque principal “Forjadores del Kilómetro 50”. Además se avaló que el señor Presidente, Erik Borges Yam sea el encargo de presentar dicha iniciativa ante el honorable Congreso del Estado.
El tesorero de la comuna, Santiago Martín Ángulo y el Director General de Gabinete, Cesar Oswaldo Peralta Torres, se encargaron de dar a conocer la exposición de motivos, explicaron que se realizó modificación al art. 15 referente al impuesto predial rustico modificando 9.2% a 0.92% por la naturaleza de los predios que carecen totalmente de inversión y actividad productiva. En el artículo 70 se agrega el inciso c) y se incluye la revisión, validación y aprobación de plantas en el numeral 3 considerando la 3a y 4a planta.
En los artículos 70 y 73 se actualizan los valores en UMAS debido al crecimiento de algunas actividades económicas en el municipio. Se agrega en el artículo 75 la fracción IV se agrega el inciso c) con numerales 1,2 y 3. También se agrega el concepto de acta de apeo y deslinde en la fracción iv del artículo 84 como inciso t) debido a que no existe en la nomenclatura y también para brindar el servicio que solicitan los contribuyentes.
Mientras que en el artículo 90 se reclasifica, homologan algunos giros comerciales, así mismo se actualizan los UMAS por licencia de funcionamiento y se agregan giros comerciales no considerados en la ley. En el artículo 106 se actualizan los valores de los incisos a) y b) de la fracción IV y se actualizan los valores de los incisos X,XI,XII,XIII.
Cabe señalar que en el artículo 119 se sustituye el cobro mensual por uno anual y se actualiza su valor, con el I 12 de fortalecer la recaudación, prevenir construcciones irregulares y regularizar el desarrollo de nuevas edificaciones”. En el capítulo XXII, artículo 123 se reforman las fracciones IV y V para sustituir la tarifa única vigente por un esquema diferenciado basado en giro comercial, nivel de impacto ambiental, tamaño del establecimiento y complejidad del análisis técnico”, dijo Peralta Torres.
“En el artículo 125 se reforma la fracción VIII para reclasificar como dictamen de factibilidad de riesgo alto a los giros con potencial elevado de riesgo; se adiciona la fracción IX relativa a las anuencias de seguridad y la fracción X para regular cobros por servicios no definidos derivados de nuevos giros comerciales”, culminó el servidor público. Con estas iniciativas el la administración que encabeza Erik Borges Yam reafirma su compromiso de velar primero por el pueblo de manera transparente.





Share this content: